La accesibilidad universal en comunidades de propietarios es un tema de actualidad que consiste en dotar a las mismas de elementos necesarios para que las personas mayores o con discapacidad, puedan disponer de libertad de desplazamiento y disfrutar de una vivienda digna.

Existe una normativa que regula estos derechos, como son:

Para facilitar la accesibilidad, la comunidad de propietarios estará obligada a realizar las obras, instalaciones o reformas necesarias que favorezcan el uso de los elementos comunes así como el acceso desde la vía pública hasta la finca.  Estas actuaciones recaerán principalmente sobre los ascensores, escaleras, pasillos y portales.

Estas obras e instalaciones podrán ser acometidas sin necesidad de acuerdo, cuando los costes de las mismas no superen, una vez descontadas subvenciones o ayudas públicas, doce mensualidades ordinarias.  Siendo los vecinos de la comunidad de propietarios los que asuman los costes.

Cuando los costes de las obras e instalaciones para mejorar la accesibilidad superen doce mensualidades, se necesitará el acuerdo de la comunidad de propietarios.

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