Programa para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía

La Junta de Andalucía, a través de su programa “Andalucía es más”, fomenta la eficiencia energética y la aplicación de recursos renovables en el ámbito de la edificación y los procesos.

Para ello pone a disposición de los ciudadanos, comunidad de propietarios y pymes distintas líneas de ayudas y subvenciones dentro del marco de este programa.

Las subvenciones serán tramitadas a través de las entidades colaboradoras adheridas al programa.   Desde EDIKO, le podemos informar y tramitar aquellas subvenciones dentro de este programa de actuación que pueda disfrutar, para ello solo se tiene que poner en contacto con nosotros y estudiaremos su caso.

En los siguientes puntos presentamos un resumen en el que se podrá informar sobre estas subvenciones y su alcance.

  1. CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE

a) Objeto:

La promoción de la eficiencia energética, inversión de ahorro y uso de las energías renovables en edificios privados o públicos, que mejoren el uso de la energía, dividiendo las actuaciones en:

  • Obras de rehabilitación energética o reformas que permitan mejorar la envolvente de los edificios, fomenten el uso de la luz natural y limiten las ganancias térmicas, así como las instalaciones energéticas eficientes.
  • Actuaciones de evaluación y gestión de la energía en edificios e instalaciones de las ciudades
  • Actuaciones de mejora energética a través de servicios energéticos.

b) Conceptos subvencionables e incentivos:

A) Obras, rehabilitación y reforma de edificios e instalaciones que procuren la reducción de la demanda de energía en los edificios e infraestructuras:

A1. Mejoras en el comportamiento térmico de los edificios

A1.1. Aislamientos en cerramientos, fachadas, cubiertas o suelos (SATE, fachadas ventiladas, cubiertas aislantes, etc.): Subvención desde el 30% al 85%

A1.2. Instalación de ventanas o huecos eficientes térmicamente (cambio de ventanas, balconeras, cerramientos de terrazas, etc.): Subvención desde el        25% al 85%

A1.3. Protección solar y sombreado (toldos, persianas, parasoles…): Subvención desde el 30% al 85%

A2. Aprovechamiento de la luz natural (apertura de huecos en muros, cubiertas y fachadas para mejora de la iluminación y ahorro energético) : Subvención desde el 35% al 85%

A3. Soluciones bioclimáticas: Subvención desde el 35% al 85%

A4. Generación de energía para autoconsumo mediante energías renovables e instalaciones de alta eficiencia energética. (placas solares para agua caliente sanitaria, placas fotovoltaicas, calderas de biomasa, etc…): Subvención desde el 30% al 85%

A5. Mejora energética de equipo e instalaciones en edificios (equipos de climatización, ventilación, refrigeración, instalaciones de agua, etc.) : Subvención desde el 30% al 85%

A6. Instalaciones eficientes de iluminación (iluminación interior, exterior o del paisaje) : Subvención desde el 30% al 65%

  1. Procesos o soluciones inteligentes para la evaluación y la gestión energética de los edificios y ciudades. : Subvención desde el 35% al 85%
  2. Actuaciones de mejora energética en edificios e instalaciones a través de servicios energéticos. : Subvención desde el 5 % al 15%

c) ¿Quién puede solicitar las subvenciones?

Las subvenciones podrán ser solicitadas por las siguientes personas o entidades:

  • Personas físicas, agrupaciones y comunidades de propietarios
  • Personas jurídicas privadas
  • Agrupaciones de personas jurídicas, comunidades de bienes
  • Entidades locales territoriales y entidades del sector público local
  • Las agencias públicas empresariales previstas en la Ley 9/2007 de 22 de octubre.

d) Requisitos para solicitar la subvención

  • Para las personas físicas, agrupaciones y comunidades de propietarios:
    • Si no ejercen actividad económica que la actuación incentivable no se destine a una actividad económica
    • Para viviendas habituales, no se podrán solicitar para segundas residencias.
    • Si realizan actividad económica, que estén consideradas como microempresa o pyme.
  • Para las personas jurídicas privadas, agrupaciones de personas jurídicas y comunidades de bienes
    • Estar considerada microempresa o pyme
    • Si tienen participación pública que esta no sea superior al 25%
  • Para entidades locales territoriales, entidades del sector público local, agencias públicas empresariales:
    • Identificación de su condición a través del NIF o estar incluidas en el Inventario de Entes Públicos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública o en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  1. PYME SOSTENIBLE

a) Objeto:

El impulso del tipo de gestión energética de las pymes hacia modelos más eficientes y competitivos. Y para ello se realizarán las siguientes actuaciones:

  1. Mejora de los procesos para el aprovecho eficiente de recursos o la mejora de la eficiencia energética, implantación de procesos para la gestión energética.
  2. Evaluación de la eficiencia energética
  3. Servicios energéticos

b) Conceptos subvencionables e incentivos:

1) Actuaciones para la mejora energética de los procesos

A1. Aprovechamiento de recursos de forma eficiente (generación de energía aprovechando energías renovables, biomasa, aprovechamiento de calores residuales) : Subvención desde el 25 % al 50%

A2. Mejora de la eficiencia energética y mayor contribución a la protección ambiental (reformas de instalaciones o procesos para la mejora energética, mejora de la cogeneraciones, sustitución de combustibles por otros menos contaminantes) : Subvención desde el 25 % al 45 %

2) Procesos o soluciones inteligentes para la evaluación y la gestión energética. : Subvención desde el 25 % al 45 %

3) Actuaciones de mejora energética a través de servicios energéticos. : Subvención desde el 5 % al 15 %

c) ¿Quién puede solicitar las subvenciones?

 Las subvenciones podrán ser solicitadas por las siguientes personas o entidades:

  • Las personas físicas
  • Las personas jurídicas privadas, salvo las entidades sin ánimo de lucro
  • Las comunidades de bienes

d) Requisitos para solicitar la subvención

  • Para las personas físicas:
    • Ejercer actividad económica y tener consideración de microempresa o pyme
  • Para las personas jurídicas privadas y comunidades de bienes:
    • Tener consideración de microempresa o pyme
    • Si tienen participación pública que esta no sea superior al 25%

D) REDES INTELIGENTES

a) Objeto:

El impulso de las ciudades hacia un modelo de ciudad inteligente que mejore el desarrollo energético y sostenibilidad de Andalucía, para ello se impulsa:

  1. Herramientas para la implantación y desarrollo de redes inteligentes
  2. Sistemas para la descarbonización del transporte
  3. Actuaciones a través de servicios energéticos para la descarbonización del transporte.

b) Conceptos subvencionables e incentivos:

  1. Actuaciones para el impulso de redes inteligentes (Infraestructuras para la implantación de redes inteligentes, Smart grids y mejora de infraestructuras para el suministro de energía) : Subvención desde el 20 % al 70%
  2. Sistemas para la descarbonización del transporte (instalaciones para el suministro de combustibles alternativos, aprovechamiento de enrgías renovables para la movilidad sostenible, vehículos energéticamente eficientes, concienciación) : Subvención desde el 35 % al 80%
  3. Actuaciones para la descabornización del transporte a través de servicios energéticos. : Subvención desde el 5 % al 15 %

c) ¿Quién puede solicitar la subvención?

  • Las personas físicas
  • Las personas jurídicas, salvo las entidades sin ánimo de lucro
  • Las entidades instrumentales previstas en la ley 9/2007 de 22 de octubre
  • Las entidades locales territoriales y sector público local
  • La Administración General del Estado
  • Los consorcios

d) Requisitos para solicitar la subvención:

  • Para las personas físicas:
    • Si no realizan actividad económica, que la actuación para la que solicita el incentivo no se destine a una actividad económica
    • Si ejercen actividad económica, que estén consideradas como microempresas o pymes
  • Para las personas jurídicas:
    • Estar consideradas como microempresas o pyme

INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE SUBVENCIONES PARA NUESTROS CLIENTES

Desde EDIKO podremos realizar la gestión y tramitación de las subvenciones para nuestros clientes como Entidad Colaboradora adherida al Programa para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía.

 Podemos estudiar e informar sobre las subvenciones a las que pueden acceder nuestros clientes.

Puede ponerse en contacto con nosotros a través del formulario, email o teléfono:

Email: comercial@ediko.es

Teléfono: 952 246 745